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¿Quién debe pagar el cambio de nombre 2023?

En el blog de ¿Quién debe pagar el cambio de nombre 2023? trataremos los diferentes aspectos para conocer los detalles mas importantes en el momento de realizar un cambio de nombre de un coche o moto.

Todos nosotros en algún momento de nuestras vidas hemos necesitado un coche o una moto para ir a trabajar, Desde llevar a la familia, o simplemente para hacernos la vida más cómoda, y cuando nos decidimos a comprarnos un coche y procedemos a realizar el cambio de nombre o cambio de titularidad nos surgen preguntas, con relación a tasas o impuestos que debemos pagar dependiendo del vehículo, y sobre quién deberá pagarlas.

¿Qué es el cambio de nombre?

El cambio de nombre o cambio de titularidad de un vehículo, ya sea coche, moto, ciclomotor o una embarcación lo podemos definir como la transmisión patrimonial de un bien mueble, Principalmente es el cambio de propiedad del mismo que nos otorga la propiedad del bien mueble, en el caso de un vehículo, sin embargo también nos deriva responsabilidades de dicha propiedad como el pago de impuestos municipales la obligación de pasar la Inspección Técnica, (ITV), además de tener el vehículo asegurado por si en un futuro existen responsabilidades civiles.

La pregunta que muchos nos hacemos es, ¿Quién debe pagar el cambio de nombre?, 

Por norma general el cambio de nombre corre a cargo del comprador, A fin de cuentas es el adquiriente del vehículo y el que tiene que modificar la titularidad del mismo de manera oficial a través de la DGT para que este cambio sea efectivo y esté dentro del marco legal recogido para estas transmisiones de bienes muebles.

¿Puede pagar el cambio de nombre el vendedor?

A pesar de que la lógica dice que el cambio de nombre corre a cargo del comprador, cuando nos decidimos a comprar un coche, moto o embarcación y negociamos con el vendedor ya sea particular o un profesional, es decir un compra-venta, Sin embargo podemos intentar llegar a un acuerdo sobre las costas de estos trámites de cambio de titularidad, pudiendo negociar las costas repartidas a mitades, en porcentajes o directamente asumiendo las costas del cambio de nombre incluyéndolas en el precio del vehículo..

¿Has vendido tu coche y el comprador no ha realizado el cambio de nombre?

La compra-venta de vehículos está a la orden del día, ya sea por capricho, por que se nos ha estropeado el vehículo o simplemente por que la familia  acrecido y ya no cabemos todos en el fantástico Seat Ibiza, si hemos tomado la decisión de vender el coche y el comprador no realiza la gestión del cambio de nombre a pesar de tener los contratos de compra-venta, en los cuales se estipulan los plazos para realizarla, y a pesar de haberle entregado las llaves junto con la ficha técnica con la ITV al día, el justificante de pago del Impuesto de circulación y todos los papeles al dia de nuestro vehículo.

Deberemos proceder a realizar una notificación de venta en la DGT a través de tucambionombre.com lo realizaremos de manera económica, sencilla y sin que tengas que moverte de casa o del bar donde estes tomandote una tapa, ya que lo podrás hacer todo de manera telemática.

Para ello necesitaremos la fotocopia del DNI del comprador, el contrato de compra-venta del vehículo y deberemos notificarlo en la Jefatura de Tráfico de donde sea residente del comprador la notificación de venta del vehículo en un plazo de 10 días desde la venta del coche.

De esta manera las responsabilidades que surjan tras la venta del coche a pesar de que el comprador no haya realizado el cambio de titularidad no te corresponderán a ti.

¿Que pasa si en el contrato de compra-venta no puse el plazo para realizar el cambio de nombre?

Desde tucambionombre.com te recomendamos que en el contrato de compra-venta se vea reflejado o se haga constar quién pagará el cambio de nombre y que plazo dispone para realizarlo, para que desde tucambionombre podamos realizar una notifiación de venta del vehículo y de esta manera las multas y las obligaciones del vehículo se deriven en el nuevo comprador a pesar de no haber realizado el cambio de nombre.

¿Que pasa si he realizado la venta de mi vehículo sin contrato ni factura?

Si has realizado la venta de tu vehículo sin contrato ni factura, en pocas palabras si la has realizado de «boquilla», no podrás justificar mediante documentación la acreditación de que dicha persona es la nueva propietaria del vehículo, de modo que desde tucambionombre te proponemos dar de baja temporal el vehículo o realizar una denuncia por no transferido.

Alguna alternativa debes escoger ya que las responsabilidades que puedne derivar de no realizar el cambio de nombre son:

-Pago de multas del nuevo propietario

-Retirada de carné por pérdida de puntos cuando tu ya no eres el conductor.

-Deberás pagar la Grua si se lleva el vehículo

-Lo peor es que pueden recaer sobre ti responsabailidades penales privativas de libertad si el nuevo propietario no le saca el seguro al vehículo y realiza daños a terceros, o incluso le produce la muerte

-Podrá vender tu vehículo a terceros.

Por eso te recomendamos que leas este blog antes de realizar el cambio de nombre de tu vehículo ya que son detalles que por inexperiencia no puedes tener en cuenta o no darle importancia y pueden derivar en mas de un dolor de cabeza.

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