Actualizado a 26 de Octubre de 2026

Moverse en coche por España ha cambiado de forma radical en los últimos años. La consolidación obligatoria de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en municipios de más de 50.000 habitantes —y en aquellos de más de 20.000 con problemas de calidad del aire— ha convertido a los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT) en un elemento imprescindible en el parabrisas de millones de conductores.

Si aún no tienes claro qué pegatina le corresponde a tu coche o moto, qué restricciones afrontas al entrar a los núcleos urbanos o cómo conseguirla sin perder tiempo en colas, en esta guía práctica encontrarás toda la información técnica y administrativa al día.

¿Qué son y cómo clasifica la DGT a los vehículos?

El Plan Nacional de Calidad del Aire clasifica el parque móvil según su impacto medioambiental, tomando como base la normativa europea de emisiones (normas Euro) que cumplía el motor al salir de fábrica.

Existen cuatro categorías con derecho a distintivo ambiental, además de los vehículos sin derecho a etiqueta (clasificación A):

1. Etiqueta Cero Emisiones (Azul)

Identifica a los vehículos más eficientes del mercado:

  • Vehículos eléctricos de batería (BEV).

  • Vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV).

  • Híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía eléctrica homologada mínima de 40 kilómetros.

  • Vehículos de pila de combustible (hidrógeno).

Ventajas principales: Acceso libre a cualquier ZBE, libre circulación en episodios de alta contaminación, bonificaciones fiscales y exención o descuentos de hasta el 100% en zonas de estacionamiento regulado (SER/ORA).

2. Etiqueta Eco (Verde y Azul)

Corresponde a modelos híbridos y propulsados por gas:

  • Híbridos enchufables con autonomía en modo eléctrico inferior a 40 km.

  • Híbridos no enchufables (HEV) y sistemas de microhibridación (mild hybrid de 48V).

  • Vehículos impulsados por gas natural (GNC o GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).

Ventajas principales: Acceso a la práctica totalidad de ZBE sin restricciones de horario y descuentos en tarifas de aparcamiento e impuestos locales (IVTM).

3. Etiqueta C (Verde)

Vehículos de combustión interna que cumplen con las normativas anticontaminación más recientes:

  • Gasolina: Turismos y furgonetas ligeras matriculados a partir de enero de 2006 (normas Euro 4, Euro 5 y Euro 6).

  • Diésel: Turismos y furgonetas ligeras matriculados a partir de septiembre de 2015 (norma Euro 6).

  • Motos y ciclomotores: Homologados bajo normativas Euro 3 y Euro 4.

4. Etiqueta B (Amarilla)

Vehículos de combustión más antiguos que aún cumplen unos mínimos exigibles:

  • Gasolina: Matriculados entre enero de 2001 y diciembre de 2005 (norma Euro 3).

  • Diésel: Matriculados entre enero de 2006 y agosto de 2015 (normas Euro 4 y Euro 5).

  • Motos y ciclomotores: Modelos bajo normativa Euro 2.

Sin etiqueta (Categoría A)

Vehículos gasolina anteriores a 2001 y diésel anteriores a 2006. Tienen el acceso vetado de forma permanente a la mayoría de ZBE y anillos centrales de las principales capitales.

¿Cómo pedir tu distintivo ambiental?

La DGT ya no envía las etiquetas por correo postal de forma automática. Si has adquirido un vehículo de segunda mano que no la llevaba colocada, si has cambiado de luna delantera o si se ha deteriorado, debes solicitar un duplicado oficial.

Para tramitarlo necesitas tener a mano el permiso de circulación del vehículo y el documento de identidad (DNI/NIE) del titular:

  1. Gestorías administrativas autorizadas (como TuCambioNombre): La alternativa más rápida y cómoda. Puedes solicitarla online en un par de clics, adjuntando la documentación digitalizada, y recibirla en tu propio domicilio sin pedir cita previa ni perder mañanas de trabajo.

  2. Oficinas de Correos: Acudiendo presencialmente con la documentación original o a través de su plataforma virtual (conlleva gastos de envío).

  3. Red de talleres de la confederación CETRAA: Talleres concertados autorizados para expedir la pegatina durante operaciones de mantenimiento.

  4. Colegios de Gestores Administrativos locales.

¿Dónde se debe colocar la pegatina?

La normativa técnica de Tráfico establece que la pegatina debe adherirse en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, por la cara interior, para facilitar su lectura óptica por parte de las cámaras y los agentes de tráfico. En motocicletas o ciclomotores donde no exista cúpula o parabrisas, debe pegarse en una zona visible del carenado o chasis.

Preguntas Frecuentes (FAQs)

¿Es obligatorio llevar la pegatina pegada en el parabrisas?

A nivel estatal, la DGT no impone la obligatoriedad de llevarla adherida; sin embargo, las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento sí pueden exigirlo. Ciudades como Madrid o Barcelona sancionan a los vehículos que circulan por sus términos municipales sin exhibir físicamente el distintivo visible, aunque por matrícula cumplan los requisitos ambientales.

Mi coche es de finales de 2005 pero cumple la normativa Euro 4, ¿puedo pedir etiqueta C?

Sí. La DGT asignó inicialmente las etiquetas por año de matriculación general, pero lo vinculante legalmente es la directiva de emisiones de homologación. Si tu fabricante emite un certificado de conformidad (COC) que demuestre que el motor cumple Euro 4, un gestor puede actualizar la ficha en el registro de Tráfico para que te concedan la etiqueta C.

¿Qué multa conlleva entrar indebidamente a una ZBE?

La Ley de Tráfico tipifica el acceso no autorizado a una Zona de Bajas Emisiones como infracción grave, con una sanción económica estándar de 200 euros (reducibles a 100 euros por pronto pago).

¿Los coches con matrícula extranjera pueden obtener la pegatina?

No pueden recibir el distintivo físico español de la DGT. Sin embargo, para circular por las ZBE de ciudades con control por cámaras, los titulares extranjeros deben registrar previamente su matrícula en la plataforma municipal correspondiente acreditando la homologación europea de su vehículo.

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